TSJ. Acción protectora de la Seguridad Social. Prestación de maternidad solicitada por el padre (incluyendo las 6 semanas posteriores al parto), al tener reconocida la madre una situación de incapacidad permanente absoluta en un 65 % por padecer esclerosis múltiple, que le inhabilita para cuidar de los dos hijos menores, nacidos además prematuramente.
No puede acogerse la pretensión del demandante de aplicar analógicamente el artículo 48.4 del ET y equiparar la situación de incapacidad permanente absoluta de la madre al fallecimiento de la misma, con el fin de disfrutar de la totalidad del permiso de maternidad. (STSJ de Aragón, Sala de lo Social, de 18 de enero de 2016, rec. núm. 803/2015)
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